La Asociación Granadina de Síndrome de Asperger-TEA se constituye el 11 de febrero de 2005, año en que comienza a tejer una red de familias y personas con Síndrome de Asperger con el objetivo de luchar por un futuro de inclusión de este colectivo, de la siguiente forma:
Ser una entidad referente a nivel Nacional en el ámbito de los TEA (SA) y sus familias en Granada y Provincia:
Nuestros servicios, actividades y acciones están diseñadas desde una perspectiva que intenta responder a las necesidades de las personas con Síndrome de Asperger (TEA)
Nuestro desempeño diario se apoya en diferentes valores, entre los que destacamos:
Actualmente, la Asociación Granadina de Síndrome de Asperger- TEA cuenta con un total de 190 familias asociadas aproximadamente, procedentes de toda la provincia Granadina. El requisito para asociarse es que al menos uno de los miembros de las familias cuente con un diagnóstico de Síndrome de Asperger (TEA).
La Junta Directiva de Asociación Granadina de Síndrome de Asperger- TEA está formada por familiares de personas con síndrome de Asperger-TEA y usuarios/as que, elegidas en Asamblea de socios cada dos años, realizan las funciones de programación, dirección de las actividades y gestión requeridas para el correcto funcionamiento de la asociación. Los cargos no son económicamente retribuidos, sino que los miembros de la Junta Directiva aportan de forma desinteresada su energía, su implicación y su tiempo.
El Presidente/a de la Junta Directiva, que actuará como Presidente/a de la Asociación, será elegido por la Asamblea General de entre sus miembros y tendrá las siguientes funciones:a) Ostentar la representación de la Asociación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas.b) Convocar reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, presidirlas, dirigir sus debates, suspender y levantar las sesiones.c) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y contratos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin; sin perjuicio de que por cada órgano en el ejercicio de sus competencias, al adoptar los acuerdos se faculte expresamente para su ejecución a cualquier miembro de la Junta Directiva.d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta Directiva y Asamblea General.e) Dirimir con su voto los empates que se produzcan en las votaciones que se celebren.f) Ordenar los pagos, visar las actas y certificaciones de los acuerdos de la Junta Directiva y Asamblea General.g) Coordinar las actividades de los diversos órganos de la Asociación.h) Adoptar cualquier medida urgente que la marcha de la Asociación aconseje, o resulte necesaria, conveniente y en beneficio de la Asociación en el desarrollo de sus actividades, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.i) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente/a de la Junta Directiva y de la Asociación.
Corresponderá al Vicepresidente/a realizar las funciones del Presidente/a en los casos de estar vacante el cargo por ausencia, enfermedad o imposibilidad transitoria, pudiendo actuar también en representación de la Asociación en aquellos supuestos en que así se decida por la Asamblea General o la Junta Directiva, según los acuerdos.
Corresponden al Secretario de la Junta Directiva las siguientes funciones:a) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General y redactar y autorizar las actas de aquellas.b) Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea, por orden del Presidente/a, así como las citaciones de los miembros de aquella y socios de ésta.c) Dar cuenta inmediata al Presidente/a de la solicitud de convocatoria efectuada por los socios de forma prevista en el artículo 8 de los Estatutos de la Asociación.d) Recibir los actos de comunicación de los miembros de la Junta Directiva con relación a ésta y de los socios y por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones, certificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.e) Preparar el despacho de los asuntos, y por lo tanto con la documentación correspondiente que hubierse de ser utilizada o tenida en cuenta.f) Expedir certificaciones de los acuerdos aprobados y cualesquiera otras certificaciones, con el visto bueno del Presidente/a, así como los informes que fueren necesarios.g) Tener bajo su responsabilidad y custodia el Archivo, documentos y Libros de la Asociación, a excepción del/los libros de contabilidad.h) Desempeñar, en su caso, la jefatura del personal contratado, al servicio de la Asociación y velar por el cumplimiento de los derechos y deberes derivados de esta contratación.i) Cualesquiera otras funciones inherentes a su condición de Secretario.En los casos de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, el Secretario será sustituido por el vocal designado por la Junta Directiva.
Corresponde al Tesorero/a:a) Recaudar los fondos de la Asociación, custodiarlos e invertirlos en la forma determinada por la Junta Directiva.b) Gestionar los cobros y efectuar los pagos, con el visto bueno del Presidente/a.c) Intervenir con su firma todos los documentos de cobros y pagos, con el conforme del Presidente/a.d) La llevanza de los libros de contabilidad y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en plazo y forma, de la Asociación.e) La elaboración del anteproyecto de Presupuestos para su aprobación por la Junta Directiva para su sometimiento a la Asamblea General. En la misma forma se procederá con arreglo al Estado General de Cuentas para su aprobacion anual por la Asamblea.f) Cualesquiera otras inherentes a su condición de tesorero/a, como responsable de la gestión económica financiera.En los casos de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, el Tesorero/a será sustituido por el vocal designado por la Junta Directiva.
Corresponde a los vocales:a) Recibir la convocatoria de la sesión de Junta Directiva con la antelación fijada en los Estatutos de la Asociación, conteniendo aquella el orden del día.b) Participar en el debate de las sesiones.c) Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican.d) Formular ruegos y preguntas.e) Obtener la información precisa para el cumplimiento de las funciones que le fueren asignadas.
Asociación Granadina de Síndrome de Asperger- TEA se encuentra inscrita en los siguientes registros: